El Juzgado de primera instancia 57 de Madrid, ha dictado Auto que abre vía para defenderse de las reclamaciones del Fondo Buitre.
En el auto dictado se trata de un préstamo que en principio reclamaba Banco Popular, si bien dicho crédito se vendió por la entidad a un Fondo Buitre con domicilio en Luxemburgo, como normalmente están domiciliados estos Fondos Buitres cuyas sedes suelen estar en países europeos (Dinamarca, Francia, Alemania, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Reino Unido, Italia y Bélgica)
Esta empresa pretende aprovechar la reclamación judicial en lugar del Banco Popular antiguo acreedor.
De dicha pretensión se dio traslado a las partes para hacer alegaciones.
Una de las demandadas defendida por el Despacho ABOGADOS & PROCURADORES VALLES, alegó la inobservancia del artículo 1535 del Código Civil , ya que el fundamento de este artículo 1535 está en la conveniencia de luchar contra los especuladores de créditos que acostumbran a adquirirlos a bajo precio para lucrarse después a costa del deudor
Hay que advertir que los bancos han vendido en masa créditos, hipotecarios o no, a fondos, y en teoría el deudor tiene una posibilidad de saldar su deuda al coste por lo que se compró el crédito que siempre es a bajo coste.
Para ello es preciso saber que se ha producido la cesión y que se comunique la cesión del crédito y que el cesionario le reclame el pago…
Esto es exactamente lo que ocurrió y es que dada la ausencia de comunicación de la venta del crédito por el Banco Popular al Fondo Buitre, y siendo además que se había incumplido el requisito de comunicar el precio por el que se había comprado dicho crédito por el Fondo Buitre al Banco Popular, la juez estimó las alegaciones hechas por la defensa realizada por el DESPACHO ABOGADOS & PROCURADORES VALLES.
Por tanto al no tener como sucesora en el proceso al Fondo Buitre, al no haberse cumplido las garantías jurídicas y legales establecidas en el Código Civil.
ABOGADOS & PROCURADORES VALLES, como expertos en derecho bancario, están a disposición de aclarar cualquier cuestión en relación a este tipo de actuaciones en las que los bancos y las empresas denominadas Fondos Buitres pretenden beneficiarse de una situación en perjuicio de los consumidores en situación de crisis.
Puede descargarse el auto desde la pestaña de sentencias -prestamos al consumo.
https://abogadosvalles.com/auto-jpi-57-madrid-falta-de-legitimacion-de-un-fondo-buitre/