El Juzgado Primera Instancia nº 3 de Madrid ha dictado sentencia por acciones Bankia en la salida a bolsa declarando la nulidad por vicio en el consentimiento. Sorprende que la demandada se oponga a la demanda negando los hechos alegados por el emisión de acciones Bankia
La sentencia afirma que tanto en el soporte fáctico se revelan ciertas por notorias por cuanto tanto en la publicidad en medios de comunicación como en las cartas dirigidas a los propios clientes de la demandada se presento a la entidad como una de las principales entidades financieras cotización por la CNMV, a instancia de Bankia el 25/05/2012 y ese mismo día solicita al Estado una inyección de 19 millones de euros de dinero público para el grupo del BFA matriz de Bankia de los que 12000 millones serían para dicha entidad cifra que sumando a los 4465 millones previamente recibidos arroja un total de 23,465 millones de euros de fondos públicos para el rescate.
La entidad reformuló sus cuentas del año 2011 poco tiempo después de la OPS con un resultado completamente contrario al publicitado en el folleto, puesto que en vez de beneficios lo que existían eran importantïsimas pérdidas
Las acciones de Bankia, no tenían un historial, por lo que el folleto , era el único cauce informativo de que disponía el pequeño inversos , dicho folleto contenía información económica y financiera que poco tiempo después se reveló gravemente inexactas tras la reformulación de sus cuentas, en el que aparecía como lo que era solvencia era lo contrario.
La excusabilidad del error era clara dado que la información había sido confeccionado por el emisor con un proceso de autorización del folleto sobre acciones Bankia, y esto generó la confianza que ocasiona a los potenciales inversores la decisión de invertir La sentencia dictada por el JPI 3 Madrid, , reconoce la nulidad de la orden de suscripción de acciones , los intereses legales desde la inversión y las costas del procedimiento.
SENTENCIA JPI 3 MADRIRD OPS BANKIA