¿A QUE EMPRESAS SE APLICA EL CONCURSO DE MICROEMPRESA?

Se aplicará solo a empresarios, persona natural , es decir autónomos o persona jurídica, que hayan empleado al menos a 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros.

¿EN QUE SITUACIONES SE PUEDE PEDIR EL CONCURSO DE MICROEMPRESA?

Se puede solicitar CONCURSO DE MICROEMPRESA tanto para las situaciones de pre-concurso, esto es, cuando existen probabilidades de insolvencia, como para las situaciones de concurso, cuando se trata de una insolvencia o bien inminente, o bien actual.

¿ FASES DEL CONCURSO DE MICROEMPRESA?

El deudor puede pedir al juzgado competente para la declaración del concurso,  o bien la apertura de negociación con los acreedores con el fin de acordar un plan de continuación o una liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento en el marco de un procedimiento especial si se encuentra en probabilidad de insolvencia , insolvencia inminente, insolvencia actual.

Periodo de negociación:

La apertura de un periodo de negociación tiene una duración de tres meses,  para que el deudor negocie con sus acreedores la continuación,  sin posibilidad de prorroga y sin que sea preceptivo el nombramiento de experto. El procedimiento comienza con la solicitud por el deudor por medios electrónicos mediante un formulario. Durante dicho periodo, las ejecuciones de crédito público no se suspenden si bien el resto de las ejecuciones podrá suspenderse exclusivamente en la fase de realización o enajenación .No se admitirán tampoco solicitudes de concurso de otros legitimados para ello distintos del deudor.

¿Y si no se alcanza la negociación?

Transcurridos los tres meses de negociación , sin que se obtenga dicha negociación, el deudor, si es un autónomo,  o el órgano de administración,  si fuera una persona jurídica,  que se encuentre en situación de insolvencia actual,  deberá solicitar la apertura del procedimiento especial en cinco días. Se solicita por medios electrónicos mediante un formulario que incluye una serie de datos que exige la ley para su correcta presentación, y en en la que el deudor tendrá que comparecer asistido de abogado.

¿Se puede pedir la exoneración del pasivo insatisfecho?

Una vez finalizado este procedimiento, los empresarios o profesionales personas físicas que sean microempresas podrá acudir al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho, siempre que cumplan los requisitos para ello; tanto si, en el marco de su procedimiento especial, siguen el procedimiento de continuación como el de liquidación.

¿Cómo le podemos ayudar?

Si lo desea puede contactar con el despacho a través del formulario y podremos ayudarte a negociar con tus acreedores y en su caso intentar el concurso de acreedores

. https://abogadosvalles.com/contacto/

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