GUIA MEDIDAS CONCURSO ACREEDORES Y COVID 19, pretende aclarar el contenido del RD 16/2020 en relación con la materia de concurso acreedores
EMPRESA QUE ENTRA EN INSOLVENCIA DURANTE COVID 19
El RD 16/2020 fija un plazo de moratoria hasta el 31 de diciembre de 2020 para
Instar el concurso acreedores
Iniciar negociación con acreedores
Por tanto no opera el artículo 5 de la Ley Concursal , si bien esta moratoria puede suponer agravar la situación de insolvencia que puede afectar a la calificación concursal.
Por ello no es conveniente agotar el plazo especialmente si ya hay ejecuciones sobre los bienes
LOS ACREEDORES PUEDEN INSTAR CONCURSO ACREEDORES DE EMPRESA
GUIA MEDIDAS CONCURSO ACREEDORES Y COVID 19 analiza la posibilidad de que los acreedores puedan instar el concurso acreedores si bien deben esperar el plazo de moratoria fijado para el dia 31 de diciembre de 2020
LA EMPRESA QUE TIENE ACUERDO DE REFINANCIACIÓN PUEDE RENEGOCIARLO
tras la crisis del COVID 19 y un año desde la declaración del estado de alarma el deudor puede solicitar modificación del acuerdo de refinanciación y formalizar otro
De dicha negociación debe conocer el Juzgado Mercantil
LA EMPRESA QUE TIENE CONVENIO EN PERIODO DE CUMPLIMIENTO PUEDE RENEGOCIARLO
Si durante un año y desde el fin del Estado de Alarma la empresa que prevé incumplimiento del convenio puede presentar modificación del convenio
El requisito para dicha modificación es que el convenio se estuviera cumpliendo
PERDIDAS PRODUCIDAS EN EL 2020
Según el decreto 16/2020 las perdidas del 2020 no se computan para el calculo del patrimonio neto
Por tanto no es causa de liquidación del artículo 368 de la Ley de Sociedades de Capital.
Tampoco los administradores serán responsables por dichas pérdidas.
Si en el ejercicio 2021el Patrimonio neto es inferior a la mitad del Capital Social , los socios en plazo de dos meses pueden solicitar celebración de junta para disolver la sociedad salvo que se adopte medida
FINANCIACION DE LA EMPRESA POR PERSONAS VINCULADAS
Los créditos de personas relacionadas con el concursado cambian de calificación, por lo que pasan de ser subordinados a ordinarios en aquellos créditos que se produzcan dentro de los dos años siguientes al Estado de Alarma es decir hasta 14 de marzo de 2022
Somos especialistas en concurso acreedores si lo desea puede contactar con el despacho para valorar su situación conforme las medidas del gobierno