PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE debe cumplir unos determinados requisitos, conforme se establece en el artículo 31 bis 5) del Código Penal que son los siguientes:
1º) Identificar las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.
Para elaborar PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE , debe realizarse un análisis, estudio y evaluación de los riesgos de la sociedad a ser declarada responsable penal de un delito. Individualizando distintos factores de riesgo, , y diseñar una evaluación individualizada de éstos.
2º) Establecer los protocolos y procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, los procesos de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.
En el PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE debe determinarse con claridad las conductas esperadas de los trabajadores, directivos y colaboradores de la sociedad, estableciéndose las pautas de comportamiento que deben regir su trabajo.
En función de los riesgos contenidos en la evaluación de riesgos penales de la sociedad, se dispondrán los controles adecuados para evitar los riesgos que se puedan producir, y se procederá a determinar cómo se implantar controles y seguimiento.
Para todo esto será necesario que un Órgano Responsable del Cumplimiento del PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE vele por el cumplimiento de los controles específicos y seguimiento de los mismos.
El Consejo de Administración o los Administradores de la sociedad deberán tener puntual conocimiento del contenido del programa y de cómo se lleva a cabo el mismo.
3º) Dispondrán de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.
La empresa debe dotar al Programa de recursos financieros para que sea operativo y cumpla con su función de prevención.
4º) Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.
En el PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE , debe establecer los canales de denuncia y consulta adecuados para que, de forma confidencial, los empleados, directivos y colaboradores puedan denunciar la comisión de hechos delictivos.
5º) Establecerán un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
, La sociedad deberá sancionar las conductas que incumplan las medidas establecidas en el PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE
6º) Realizarán una verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.
El Programa debe ser un programa vivo que se adapte a las modificaciones que la empresa tenga, así como sus diversas actividades estructuras etc, por lo que será necesario establecer mecanismos de revisión y actualización continua del Programa que realizará el Órgano de Cumplimiento.
Junto a esto se ha de contar con un órgano de control, interno o externo, con conocimientos suficientes, y que estará encargado de vigilar, supervisar y garantizar la correcta ejecución del PROGRAMA DE CORPORATE DEFENSE
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